

Cuando tu Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales arroje inconsistencias con las que no estés de acuerdo, deberás ingresar la aclaración correspondiente a través del portal del SAT, en el apartado de trámites, sección “Mi Portal”, servicios por internet, y finalmente en la opción Aclaraciones.
¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas o morales que obtengan una opinión del cumplimiento con inconsistencias, las cuales hayan sido subsanadas, y deseen aclarar su situación fiscal.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
En cualquier momento.
Fundamento Legal
Resolución Miscelánea Fiscal, Regla 2.1.39.Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal; Ficha 2
- Da clic en el botón Iniciar, ingresando con tu RFC y contraseña o e.firma vigente.
- Localiza la opción Servicios por Internet, después ingresa al apartado Aclaraciones, y por último a la opción Solicitud.
- Elige la etiqueta que corresponda al tipo de aclaración que desees registrar.
- Captura brevemente el motivo de tu aclaración y la situación por la cual no estás de acuerdo con la información contenida en tu opinión del cumplimiento.
- Adjunta los archivos que soporten tu aclaración y la opinión del cumplimiento en sentido negativo.
- Da clic en el botón Enviar.
- Anota o conserva el número de folio del envío o recepción de tu aclaración; proporcionado por el SAT; el cual te servirá para dar seguimiento a la misma.
Información adicional
Para el envío de tu aclaración es necesario que elijas una etiqueta, dependiendo del tipo de aclaración o tipo de inconsistencia que refleje tu opinión del cumplimiento, las cuales pueden ser las siguientes:
- “RFC opinión del cumpl”, tratándose de aclaraciones de la situación fiscal en el padrón del RFC.
- “Créditos (opinión del cumplim)”, tratándose de créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantías.
- “Dec opinión del cumpl”, tratándose de presentación de declaraciones.
- “Opinión del cumpl cero/CFDI”, tratándose de declaraciones presentadas en cero, pero con CFDI emitido.
- “Opinión loc/dom fiscal”, tratándose de la localización del contribuyente en el domicilio fiscal.
- “Opinión del cumpl 69-B CFF”, tratándose del listado definitivo del artículo 69-B del CFF.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo de tu aclaración el cual contiene el número de folio proporcionado por el SAT en donde te indica la fecha a partir de la cual podrás verificar tu respuesta a través de la misma vía.
- Respuesta a tu aclaración y la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales emitida con la corrección cuando tu aclaración es procedente.
Requisitos
- Contar con contraseña o e.firma.
- Adjuntar los archivos electrónicos que den soporte a la aclaración.