Libramiento Sur N° 4066, Int 304, C.P. 58197 Morelia Mich. México
(443) 506 4179
contacto@institutoeeca.com

Análisis: ¿Es incostitucional el procedimiento actual para el cálculo de la Pensión Mínima en México?

Consulta aquí la Tesis en el Semanario Judicial de la Federación

Actualmente existe un debate público sobre qué unidad de medida debería usarse para calcular las las pensiones, si la Unidad de Medida de Actualización UMA o el Salario Mínimo (VSM).

El Artículo 26 constitucional, en su inciso B, establece que la UMA deberá usarse para calcular todas las obligaciones y supuestos contenidas en las leyes tanto federales como estatales; esto parece implicar que también debería usarse en el cálculo de las pensiones.

Recordemos que en 2016 se creó la Unidad de Medida y Actualización que sustituyó al salario mínimo en el cálculo de obligaciones como impuestos y multas. De esta forma el salario mínimo de los trabajadores puede aumentar sin necesidad de incrementar las obligaciones asociadas.

De hecho, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) determinó a principios de 2017 que debería usarse la UMA. Esto en el cálculo de la integración y tope máximo del salario base de cotización (SBC). Además acordó que se usaría en el cálculo de las cuotas obrero patronales. Por otro lado, que el salario mínimo sólo se usaría para calcular las pensiones mínimas.

Sin embargo, eso no acaba con la controversia, pues el 123 constitucional, en su inciso B, fracción VI, dice que el salario mínimo no puede ser usado como unidad de medida “para fines ajenos a su naturaleza”.

Lo anterior se puede interpretar como que sí puede usarse en el cálculo de cosas en el ámbito de su naturaleza. Es decir, en el cálculo de las pensiones. De hecho, el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito así lo determinó en una tesis.

El sistema de pensiones como está planteado actualmente implica varios problemas graves. A partir de 1997, los trabajadores dados de alta recibirán una pensión compuesta sólo por lo que hayan aportado durante su vida laboral. De acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), los mexicanos tendrán una tasa de reemplazo del 26%. Esto quiere decir que su pensión será de apenas el 26% de su último salario; alguien que ganaba 20 mil pesos mensuales, por ejemplo, recibirá 5 mil 200 pesos.

Además, la presión a las finanzas públicas por el pago de pensiones irá creciendo con el tiempo. Según el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP), la década de 2040 será  en la que el gobierno tendrá que pagar el mayor monto relativo al antiguo esquema de pensiones.

Para combatir este segundo problema, la asociación de corredores de seguros Lockton recomienda usar la UMA para calcular la pensión máxima de los jubilados con el esquema de pensiones anterior. Al calcularla con la UMA, el monto máximo sería de más de 64 mil pesos, mientras que con el salario mínimo, de más de 78 mil.

¿Por qué la UMA no aplica en seguridad social?

La UMA no implica que el salario mínimo no pueda usarse como referencia, pero sólo para fines propios de su naturaleza. Es decir, que se puede seguir utilizando con las obligaciones y supuestos que inciden en el ingreso de los trabajadores. En estos casos están la seguridad social y las pensiones. (Así lo establece el artículo 123, inciso A, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.)

En estos casos, el sueldo se utilizará como índice para determinar el límite máximo del salario base de cotización (SBC), porque está establecido en veces el salario mínimo. El SBC es un término que sirve, entre otras cosas, para determinar la suma destinada al Seguro Social y el límite de la cesantía en edad avanzada y vejez. Esto último son las pensiones.

Por eso, la implementación de la UMA no implica que esta unidad de cuenta deba ser utilizada en materia de seguridad social y para el incremento de las pensiones otorgadas. (Así lo determinó el Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito.) La legislación distingue que existen casos en los que debe atenderse al concepto de salario mínimo, en concreto, en materia de seguridad social y de pensiones.

¿Cuánto vale la UMA y el salario mínimo?

Actualmente la UMA vale 84.49 pesos diarios, mientras que el salario mínimo es de 102.68 pesos y de 176.72 pesos en la zona libre de la frontera norte.

Se puede revisar la tesis aquí o en el Semanario Judicial de la Federación/ Criterio de búsqueda: Unidad de Medida y Actualización (UMA) / Catálogo: I.6o.T.170 L (10a.) / Publicación: 17 de mayo de 2019.

Capacítate con nosotros en este tema y otros más

Con Información de El Contribuyente y Suprema Corte de Justicia de la Nación.

WhatsApp ¡Contáctanos!
Verified by ExactMetrics