La Reforma Laboral, publicada el pasado 1 de mayo, estableció un plazo máximo de hasta 8 meses para que los sindicatos incluyan el voto personal, libre, directo y secreto de los trabajadores en sus procedimientos de elección de dirigentes, así como otras garantías en materia de rendición de cuentas y equidad de género.
Durante el Foro “Reflexiones sobre la Reforma Laboral en México”, la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján resaltó que el plazo para que los sindicatos modifiquen sus estatutos, conforme a las nuevas reglas en materia de democracia sindical, equidad de género y negociación colectiva, vence el 1 de enero de 2020.
“Ya hay varios sindicatos que iniciaron estos procesos. Entiendo que hay 700 sindicatos que ya modificaron sus estatutos y la cosa es que, podamos ir avanzando para que todos los sindicatos lo hagan”.
La Secretaria del Trabajo señaló que el nuevo modelo laboral apuesta al diálogo productivo auténtico entre sindicatos y empleadores; garantiza que no exista control del gobierno o intervención de las empresas y termina con la simulación.
“El nuevo modelo laboral está basado en la libertad de los trabajadores de organizarse libremente, de poder formar un sindicato, si así lo desean, de poder pertenecer a un sindicato o no, o simplemente si no quieren pertenecer a un sindicato. Que cuando se tenga negociación colectiva y se firmen contratos, se garantice que realmente hay un respaldo por parte de los trabajadores y que esa negociación colectiva traiga esa esencia para la que fue creada: un diálogo de representantes con empleadores para ver qué posibilidades hay de mejorar, en términos de productividad, salariales y de condiciones laborales”.
La encargada de la política laboral del país expuso a los empresarios que la estrategia para la Implementación de la Reforma en materia de justicia laboral, en la que participan el Poder Judicial Federal, los gobernadores y otras autoridades federales y estatales, es realizarla en tres etapas.
“Iniciamos el próximo año en diez entidades federativas y al mismo tiempo empezará a operar el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral a la par de entran en funcionamiento los tribunales federales y locales. Al siguiente año iremos a las siguientes entidades federativas, de modo tal que en tres años tendremos ya implementado todo el sistema en el país”.
Radiografía estadística del Sindicalismo en México
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) presentó a finales del 2017 un informe de las organizaciones sindicales que en ese entonces contaban con registro de las cuales 125 se sumaron en ese año para tener un total de 3,347, de las cuales 7 se registraron como confederaciones o centrales obreras; 532 federaciones y 2,768 organizaciones sindicales, que concentraron en su conjunto a más de un millón 904 mil trabajadores.
Del total de los registros de la STPS, el 37%, es decir 1,245, son sindicatos independientes, es decir, que no tienen afiliación a ninguna federación o confederación.
La mayoría de gremios se encuentra en la Ciudad de México, con 1,086 (32.4%), seguido del Estado de México, con 305 (9.1%), Veracruz 183 (5.4%), Puebla 179 (5.3%), Jalisco 150 (4.5%) y Nuevo León 106 (3.2%).
Del total de sindicatos registrados, 775 ─es decir, el 27.99%─ están aglutinados en la Confederación de Trabajadores de México (CTM); 412 (14.88%), en la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC); y 352 (12.71%) en la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM).
Respecto de las ramas de la economía que más concentran a estos sindicatos, están las que laboran en zonas federales (522), la textil (338), Alimenticia (292), Química y Farmacéutica (205), de Autotransporte Federal (156), Metalúrgica y Siderúrgica (135), Automotriz (114) y Elaboradoras de bebidas (107).