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Regreso a clases: ¿Cómo puedo deducir de las colegiaturas de mis hijos?

¡Las colegiaturas de tus hijos son deducibles en tu Declaración Anual!

Desde preescolar hasta bachillerato, en este nuevo ciclo escolar paga a la escuela con tarjeta, cheque o transferencia electrónica y #PideFactura. Cuando te la entreguen, asegúrate de que en el comprobante venga su nombre, su CURP y su nivel educativo.
 
También  revisa que el concepto no incluya otros tipos de gastos escolares o transporte, con ello se incluirá automáticamente en tu Declaración Anual.
 
Dependiendo del nivel educativo hay un límite anual a la deducción por colegiaturas.  Si en el año tu hijo cursó dos niveles distintos (por ejemplo, pasó de la primaria a la secundaria), el límite de deducción es el que corresponda al monto mayor de dichos niveles educativos.

Nivel educativoLímite anual de deducción
Preescolar$14,200.00
Primaria$12,900.00
Secundaria$19,900.00
Profesional técnico$17,100.00
Bachillerato o su equivalente$24,500.00

El SAT te explica qué sí y qué no es deducible cuando de gastos escolares se trata en el siguiente video. Es muy fácil de comprender.

Descarga el DECRETO publicado en el Diario Oficial de la Federación que dice:

Artículo 1.8. Se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los establecidos en el Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consistente en disminuir del resultado obtenido conforme al artículo 152, primer párrafo, primera oración, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la cantidad que corresponda conforme al artículo 1.10. del presente Decreto, por los pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación básico y medio superior a que se refiere la Ley General de Educación, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate no perciba durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año y se cumpla con lo siguiente:

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